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El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de unos padres de un niño con necesidades educativas especiales a elegir el colegio en el que desean escolarizar a su hijo, en la modalidad de integración, frente al que le había asignado la Consejería de Educación de La Rioja en 2017. El fallo asegura que la Administración vulneró el derecho a la igualdad y a la educación del niño al adjudicarle un colegio en horario partido y no en otro, elegido por los padres, en jornada continua que permitía al alumno acceder por las tardes a programas de tratamiento extraescolar y descansar.