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El Gobierno, tras el Consejo de Ministros celebrado hoy, considera empresas que realizan servicios esenciales y seguirán prestando sus servicios y no podrán acogerse al permiso retribuido recuperable, las siguientes profesiones, según el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de la normativa aprobada por la Autoridad Competente y las Autoridades Competentes Delegadas, publicado hoy en el BOE: